A partir del 26 de mayo se inició el plazo de 90 días que tienen las empresas para darse de alta en el Padrón de Servicios Especializados, donde la fecha límite para realizar el trámite es el 22 de agosto. Este trámite tendrá una vigencia de tres años y es imprescindible para poder realizar la prestación de servicios de manera legal conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
¿Ya hiciste tu registro? Si aún no lo has hecho o no sabes cómo realizarlo aquí te diremos un checklist para que sepas las consideraciones antes de, cómo realizarlo y lo que necesitas para hacerlo.
De acuerdo a la Reforma en materia de Subcontratación, la plataforma REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas) habilitado por la STPS (Secretaría de Trabajo y Previsión Social) está bajo el marco de la ley tal como está establecido en el Artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo el cual establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Recuerda que en Diario Oficial de la Federación se establece lo siguiente referente al Padrón de Servicios Especializados:
El decreto permite únicamente subcontratar servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, siempre y cuando dichas actividades no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos.
Consideraciones para antes de realizar tu registro:
· Debes estar al corriente con tus obligaciones fiscales, patronales y de seguridad social, ya que en caso de que se demuestre lo contrario pueden negarte tu registro.
· La STPS puede negarte tu registro si no se acredita la especialización de la actividad con la que se inscribe en el padrón.
· Si vas a solicitar tu registro asegúrate de especificar la actividad especializada que ofreces.
· Se debe proporcionar información y documentación que avale que la actividad especializada que ofreces es cierta, como: propiedad de maquinaria, trabajadores, certificaciones, etc.
· Debes especificar la actividad económica preponderante y los datos personales del representante legal de la empresa.
· Las personas físicas o morales que obtengan el registro a que se refiere este artículo quedarán inscritas en un padrón, que deberá ser público y estar disponible en un portal de Internet.
· Para efectos del registro, se dieron a conocer las definiciones de varios conceptos para efectos de los presentes como: Aviso de Registro, Beneficiaria, Contratista, Padrón, Plataforma, Secretaría, Servicios u Obras Especializadas. Recuerda que cada definición puedes encontrarla en el DOF.
Para poder registrarte en el REPSE debes tener a la mano los siguientes documentos.
1. Firma electrónica vigente
2. Nombre, denominación o razón social en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física
3. Nombre comercial
4. Entidad Federativa
5. Registro Federal de Contribuyentes
6. Domicilio: calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad, y municipio o alcaldía
7. Geolocalización
8. Teléfono(s) fijo(s) y celular(es) y correo(s) electrónico(s)
9. Número del Acta Constitutiva de la empresa, datos de identificación del notario o corredor público que la expidió, fecha de su protocolización y objeto social (en caso de ser persona moral)
10. Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social
11. Datos del representante legal de la empresa de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas primer apellido, segundo apellido y nombre(s), Teléfono fijo y celular, Identificación Oficial vigente (Credencial para votar, Pasaporte o Cédula Profesional), CURP y correo electrónico (para personas físicas y morales)
12. Afiliación ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.
13. Número total de trabajadores al momento de la solicitud de registro: Por sexo: # Mujeres y # Hombres
14. Actividad Económica especializada conforme al “Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riegos de trabajo” del Instituto Mexicano del Seguro Social contenido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
15. Actividad o actividades que desea ser registrada en el padrón
16. Actividad Económica Preponderante
Una vez ingresada la información y que esta haya sido validada, se te brindará un folio de seguimiento para tu solicitud del registro. La dependencia de la STPS debe darte una respuesta en un lapso de 20 días, de lo contrario, puedes emitir un aviso de registro correspondiente con tu folio de seguimiento para el Padrón de Servicios Especializados.
¡Así que ahora ya lo sabes! Junta todos tus documentos para que puedas realizar tu registro y puedas prestar tus servicios bajo el nuevo marco legal en materia de subcontratación.
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